El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa lanza una nueva convocatoria del programa Innova Invest

28/01/2025
Imatge
Innova Invest

El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa ha publicado las bases para la concesión de ayudas del programa Innova Invest, gestionado por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. Este programa tiene como objetivo fomentar la llegada de empresas innovadoras y tecnológicas con un fuerte componente en I+D+i, fortaleciendo sectores estratégicos de la economía española.

El presupuesto anual máximo de estas ayudas, teniendo en cuenta todas las convocatorias que se realicen en un año, no podrá superar los 150 millones de euros. Para ser beneficiarias, las entidades deberán cumplir con los siguientes requisitos:

    • Tener capacidad para ejercer actividad económica y estar válidamente constituidas con personalidad jurídica propia.
    • Contar con un establecimiento permanente o sucursal en España al momento de recibir las ayudas.
    • Estar incluida en la categoría de PYME de acuerdo con lo dispuesto en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión. También podrán ser beneficiarias las pequeñas empresas de mediana capitalización (entidades que cuenten con hasta 499 empleados que no sean pymes)
    • Tener al menos un 50 % de participación extranjera en su capital social, ya sea por personas jurídicas domiciliadas en el extranjero o personas físicas no residentes en España.
    • No estar en situación de crisis ni tener deudas con el ICEX o con la Administración Pública.
    • Cumplir con los plazos de pago a proveedores establecidos en la normativa de morosidad.

La evaluación de las solicitudes tendrá en cuenta factores como el grado de innovación del proyecto, su impacto en el desarrollo regional, el número de empleos creados y el efecto multiplicador en la economía local.

Las empresas interesadas podrán presentar su solicitud a través de la sede electrónica del ICEX, siguiendo los pasos indicados en la convocatoria oficial. El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se cerrará como máximo a los 2 meses.

 

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