Establecidos los criterios que definen a los ‘influencers’
El Consejo de Ministros, por iniciativa del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, ha dado luz verde al Real Decreto que, por primera vez, establece los requisitos necesarios para regular la actividad de los ‘influencers’ en conformidad con la Ley General de Comunicación Audiovisual, aprobada en 2022.
Esta regulación ofrece mayor protección a los consumidores y asegura una seguridad jurídica más sólida para los usuarios que han adquirido una notable importancia y generan un volumen económico significativo en las plataformas de intercambio de videos donde difunden sus contenidos.
El Real Decreto identifica a los “usuarios de especial relevancia” (‘influencers’) basándose en dos criterios simultáneos. El primero es un criterio económico, que requiere que estos prestadores obtengan ingresos anuales superiores a 300.000 euros de su actividad audiovisual. El segundo es un criterio de audiencia, que exige contar con más de un millón de seguidores en una sola plataforma de intercambio de vídeos o más de dos millones de seguidores en total, además de haber publicado o compartido al menos 24 vídeos al año.
Aquellos ‘influencers’ que cumplan con ambos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia, dentro de un plazo de dos meses.