Publicada la convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento iii (entre 0 y menos de 3 empleados) del programa Kit Digital

21/06/2024
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Esta convocatoria de ayudas, destinadas a la digitalización de empresas del segmento iii (entre 0 y menos de 3 empleados) en el marco de la agenda españa digital 2026, está diseñada para incrementar la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas y trabajadores autónomos del Segmento III, seleccionando a los beneficiarios de las ayudas a través de un procedimiento de concurrencia no competitiva y en régimen de concesión directa.

Las ayudas otorgadas en esta Convocatoria son consideradas subvenciones directas y consisten en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la implementación de una o más soluciones de digitalización listadas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, disponible en la plataforma Acelera pyme.

Estas ayudas también podrán ser utilizadas para adoptar soluciones de digitalización que reemplacen a las ya implementadas por el beneficiario, siempre y cuando representen una mejora funcional. Se considerará que hay una mejora funcional si se cumplen las siguientes condiciones:

  • Que la nueva solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla con todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, según lo especificado en el Anexo IV de las Bases Reguladoras.
  • Que la solución a ser reemplazada no cumpla con alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización.

No se considerará mejora funcional cuando se trate de:

  • El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
  • La actualización de versiones de software por el proveedor, es decir, releases que el proveedor publique sobre una versión existente.
  • Upgrades o mejora de versiones.

El beneficiario deberá utilizar la ayuda concedida, conocida como "bono digital", para contratar una o varias soluciones de digitalización, formalizando Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos. Este "bono digital" no será efectivo hasta que el Agente Digitalizador, actuando en nombre del beneficiario y siendo este último el responsable final, presente la cuenta justificativa correspondiente de la realización de la actividad subvencionada y el órgano concedente verifique y apruebe la justificación de la subvención.

Emprendimiento digital y digitalización de la empresa